En Brasil, el proyecto de ley que se tramita en el Congreso Nacional con el número 4.968/2024, actualmente a la espera de informe de la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía – CCJ, pretende promover una amplia reformulación de la Ley de Derecho de Autor (Ley nº 9.610/1998), con énfasis en la remuneración de los creadores de contenidos en plataformas digitales.
La iniciativa, aunque basada en argumentos legítimos de valorización de la creación intelectual y fortalecimiento de la cultura nacional, presenta una serie de desafíos regulatorios y económicos que impactan directamente en la sostenibilidad del modelo de negocio de las plataformas de streaming en Brasil.
El proyecto determina, entre otros cambios, que los autores, artistas y demás titulares de derechos recibirán una remuneración obligatoria por poner sus obras a disposición en plataformas digitales, independientemente de los contratos previamente firmados.
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En la práctica, esto supone una intervención directa en las relaciones contractuales privadas, generando incertidumbre jurídica y abriendo la puerta a disputas legales sobre la prevalencia de acuerdos anteriores. Esta exigencia puede suponer un aumento significativo de los costes operativos de las empresas, en un sector donde la competencia es feroz y los márgenes de beneficio suelen ser estrechos.
Además, el PL propone aumentar la tasa de la Contribución para el Desarrollo de la Industria Cinematográfica Nacional (Condecine) de 3 % a 6 % de los ingresos brutos de las plataformas. Se trata de un aumento significativo de la carga fiscal que, combinado con la remuneración obligatoria de los tenedores, podría presionar la viabilidad financiera de las operaciones en el país.
El impacto tiende a ser aún mayor para las empresas extranjeras, especialmente aquellas basadas en modelos de monetización publicitaria, ya que el proyecto también considera los ingresos globales de las plataformas a efectos de calcular la remuneración por derechos de autor.
En el ámbito regulatorio, el proyecto incluye obligaciones como la emisión mínima de contenidos nacionales en plataformas, inspirada en la legislación europea, y la prohibición de la “payola digital”, que es la promoción de música a cambio de un pago, exigiendo una mayor transparencia en la promoción y promoción de las obras. También avanza al reconocer a los guionistas y productores audiovisuales independientes como coautores de las obras, otorgándoles derechos de propiedad.
Estos avances son relevantes desde el punto de vista de la valorización de la producción local, pero su adecuada implementación requiere de mecanismos técnicos y istrativos complejos capaces de garantizar la neutralidad regulatoria y evitar excesos o favoritismos indebidos.
Todavía quedan cuestiones jurídicas importantes por considerar. La imposición de una remuneración residual, la ausencia de criterios claros para identificar la propiedad y la exclusión de los contenidos generados por inteligencia artificial del ámbito de protección jurídica plantean dudas en cuanto a la aplicación concreta de la norma. Estas ambigüedades pueden fomentar los litigios, creando un entorno de inestabilidad jurídica que desalienta la inversión en el sector y compromete la innovación tecnológica.
También es necesario destacar el impacto directo sobre el consumidor. Con el aumento de las obligaciones legales y fiscales, es probable que las plataformas trasladen parte de estos costos a los s, aumentando el precio de los servicios. Este escenario puede restringir el a contenidos digitales en un país marcado por desigualdades sociales y económicas, además de incentivar la búsqueda de alternativas ilegales, como la piratería, que ya representa un desafío estructural en Brasil.
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Otro punto crítico se refiere a la dificultad de aplicar en la práctica las normas nacionales a las plataformas globales. La lógica territorial del derecho encuentra limitaciones cuando se enfrenta a la naturaleza descentralizada y transfronteriza de Internet. La imposición de normas brasileñas específicas, sin diálogo con los marcos regulatorios internacionales, puede resultar en conflictos jurídicos e incluso en una retracción de las inversiones extranjeras en el mercado nacional.
Si bien el Proyecto de Ley 4.968/2024 representa un intento legítimo de equilibrar los intereses entre creadores y plataformas, su redacción actual carece de mecanismos que garanticen la previsibilidad jurídica, la proporcionalidad económica y la compatibilidad con la lógica de la economía digital. El reto es encontrar un equilibrio que garantice una remuneración justa a los creadores, sin hacer inviables los modelos de negocio audiovisuales contemporáneos.
En este contexto, es esencial que el proceso legislativo se desarrolle con base en un diálogo técnico y transparente entre el gobierno, el sector privado, los titulares de derechos y la sociedad civil. Sólo una construcción normativa basada en datos, evidencias e impacto económico puede garantizar que Brasil avance en la protección de la creación intelectual sin comprometer la competitividad, la innovación y el de la población a la cultura digital.
*Fernanda Regina Negro de Oliveira Maluf es socia de Ernesto Borges Advogados.
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